En nuestro país la actividad económica se caracteriza por un gran porcentaje de informalidad donde el sector de menores de edad no es ajeno al verse continuamente afectado, no sólo por el gran número de desventajas que ya tienen como el no gozar de derechos y beneficios que por ley les corresponde; sino además por la situación nacional actual del país que desde el 15 de marzo del 2020 sólo agrava su condición.
Si bien es cierto, el Estado reconoce los derechos del menor de edad para trabajar de manera nacional, con la Ley N°27337 en su capítulo IV que contiene el régimen del adolescente trabajador que indica ciertos preceptos como, por ejemplo, que el trabajo que realice no sea peligroso, que no esté sujeto a explotación y que se garantice la continuidad de su educación, también reconoce sus derechos de manera internacional con la ratificación de los convenios 182 y 138 de la OIT, los cuales hacen mención sobre las peores formas de trabajo infantil, así como la edad mínima para poder realizar actividad laboral respectivamente. Es alarmante que, aun así, según el último análisis realizado por CEPAL y la OIT sobre el Riesgo del Trabajo Infantil a raíz de la Covid-19 estima que al menos 109 000 y 326 000 menores podrían ingresar al mercado del trabajo aumentando la cifra de los 10,5 millones que ya se encuentran en esta situación.
La vulnerabilidad de estos menores de edad que trabajan en el sector informal viene siendo golpeado incluso antes de esta crisis sanitaria, pudiéndose considerar como uno de los sectores más golpeados hoy por hoy en nuestro país. Es necesario visibilizarlo y atenderlo con la merecida importancia y prontitud, ya que su incremento es previsible por distintas razones, tales como la muerte de los padres por COVID, el cierre de colegios, la falta de acceso a medios electrónicos para llevar a cabo las clases virtuales, falta de alimento, etc. Estas circunstancias como muchas más obligarán a que muchos menores tengan que dejar de lado sus estudios y condición de niños, para insertarse al mundo laboral, exponiéndose a numerosos peligros a su temprana edad con el fin de poder subsistir y ayudar con las necesidades vitales en su hogar como alimentarse.
Por ello, en este contexto de pandemia es que el Estado urgentemente debe acudir y tomar las acciones necesarias que garanticen la protección del menor en sus actividades laborales, sin que estas afecten o pongan en riesgo su desarrollo físico, emocional y educativo, aspectos cruciales y fundamentales para todo menor que se desempeñen laboralmente.
Autor: Chaska Yañez Cayo
Sin duda, es lamentable que el gobierno no garantice los derechos fundamentales de los niños. La agenda del congreso se encuentra tan ocupada con temas irrelevantes que no se fijan en el problema más importante. Los niños son el futuro del país, si ellos no reciben educación su futuro se vera limitado, y con ello, el desarrollo del país. Las instituciones del Estado deben preocuparse por esta situación y deben instaurar nuevos programadas que puedan ayudar a los niños en estos tiempos de pandemia, brindándoles no solo educación, sino también salud, alimentación y recreación.
Concuerdo con el autor, el estado debe velar por el bienestar de los niños cumpliendo con lo mencionado por el código de los niños y adolescentes y la convención americana de los derechos del niño.
Completamente de acuerdo.
Es imperativo que el Estado peruano, vele por los menores que estén en una situación de laboralidad, pues se tiene que resguardar su desarrollo físico, emocional y educativo. Primando sus derechos fundamentales resguardados por el Código del niño y el Adolescente y nuestros texto Constitucional.
Excelente artículo, definitivamente se debe garantizar los derechos del menor, cabe destacar que esta regulada también en la Convención Americana de los Derechos del Niño y también en nuestra legislación en el Código del Niño y Adolescente.