En 2016 entró en vigencia la Ley N° 30407, “Ley Protección y Bienestar Animal”, que trajo algunos cambios, como además de la sanción administrativa, una tipificación de maltrato animal, ya no como una falta, sino como un delito, además de otorgarle a los animales vertebrados (domésticos, o silvestres mantenidos en cautiverio) la categoría de “seres sensibles”, es decir que tienen cualquier tipo de sensación emocional.
De tal manera, con la aparición de La Ley N°30407, se derogó el artículo 450-A del Código Penal, que regulaba el maltrato cruel a animales, incorporado por la Ley N° 27265, “Ley de protección de animales domésticos y animales mantenidos en cautiverio” la cual disponía, la erradicación y prevención del maltrato animal evitando un sufrimiento innecesario, la creación de alberges, medidas de protección en la actividad investigativa que involucre animales, el sacrificio, entre otras cosas, este artículo nos hablaba de la protección de los animales, como una necesidad del Estado y una obligación de los ciudadanos, así como una persuasión, mediante el castigo de conductas que lesionen o maltraten a los animales, previstos en la ley contemplando una administrativa y una sanción penal, también se tenía una multa, la cual se determinaba al pago de cincuenta unidades impositivas tributarias.
Más adelante es que se incorpora en el Código Penal el artículo 206- A tipificado como abandono y actos de crueldad hacia los animales, en el cual se establece una pena privativa de libertad no mayor de tres años, con cien a ciento ochenta días-multa con inhabilitación de tenencia de animales. Asimismo, si el animal muere como consecuencia de estos actos, la pena es privativa de libertad no menor de tres ni mayor de cinco, con ciento cincuenta a trescientos sesenta días-multa y con la misma inhabilitación. Téngase presente que el Derecho Penal es aquel instrumento de control social cuya aplicación merece un máximo cuidado, solo se recurrirá al sistema penal como última ratio dada la gravedad de la reacción penal y el fracaso de los otros mecanismos jurídicos-sociales.
Finalmente, se concluye que lo que se busca preservar dentro de todo este marco es blindar la vida y la integridad de los animales considerados como seres sensibles, y de la misma manera que todos lo hechos que conllevan al maltrato animal y estos puedan ser totalmente públicos y por lo mismo sancionado de la forma debida.
Autor:
Marleni Alejandra Valeriano Ticona
Rocío Esperanza Pezo Torres
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