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El camino del delito “Iter Criminis”

Es de nuestro interés general como ciudadanos tener en claro desde cuando nuestro actuar se considera delito. Para ello la rama del Derecho Penal en su doctrina establece que para que una acción sea considerada delito debe recorrer diferentes etapas o fases también conocidas como el “Iter Criminis o Camino del Delito”. Este pequeño articulo pretende brindar la información necesaria para hacer entender al lector de manera simple y breve cuando estamos ante una actitud delictiva.


En principio, debemos recordar y resaltar que el delito es una acción que va en contra de lo establecido por ley y es castigada por ella con una pena. Por lo tanto, el Iter Criminis son las fases que atraviesa un sujeto para lograr perpetrar un delito, estas fases son dos: La interna y la externa. Para entender dichas fases debemos saber que el delito como tal tiene una característica doble que es un fenómeno psíquico y físico a la vez, entonces en base a ello entra a tallar la fase interna que vendría ser la parte psíquica del delito en donde se constituye por primera vez la idea del delito a perpetrar, es de resaltar que esta fase en la que aún está en la mente del posible delincuente es impune, es decir que no se le puede juzgar ni mucho menos sancionar. Posteriormente la fase física o externa se manifiesta realizando la acción que produce un resultado ilícito, en este caso si da lugar a que se sancione al que perpetro el delito, en esta fase también tiene su peculiaridad que debe cumplir con ciertas exigencias como son; los actos preparatorios, la ejecución, la consumación del delito y el agotamiento que se explicaran en las próximas líneas con un ejemplo.


Es por ello que para ser mas claros el concepto de Iter Criminis se da básicamente desde el punto de iniciación que es la fase interna y la consumación del delito que es la fase externa. Por ejemplo: “Juan decide matar a su amiga María mediante un envenenamiento para quedarse con todo el dinero que ella le dijo que tenia en su casa, es por ello que juan está pretendiendo invitarla a cenar y de esa forma darle la bebida”. Haciendo una pausa, en este caso juan aun no la invito a cenar a su amiga debido que recién esta preparando todo para envenenarla (esos son los actos preparatorios), es importante resaltar que estos actos preparatorios y la idea de juan para realizar el delito, es IMPUNE porque como recordemos la fase interna es la parte psíquica del delito y esta fase no es susceptible para ser sancionado o castigado. Siguiendo con el ejemplo “Juan la invita a cenar a su amiga y ella asiste, por lo que juan le da la bebida, la mata y encima le quita las llaves de su casa y le roba todo su dinero”. En este caso el sujeto activo (Juan) inicio la ejecución del delito que es darle la bebida envenenada, luego el sujeto pasivo (María) se toma la bebida e inmediatamente muere, en ese momento ya se dio la consumación del delito y por último juan le quita las llaves de la casa de María y roba todo su dinero, en ese momento ya culmino o agoto todas las intenciones de juan. Es por ello que esta fase ya es la fase externa y ya merece una pena establecida por ley según el caso o tipo de delito que se haya realizado.


En conclusión, se consuma el delito cuando se produce el resultado delictivo, estos actos de la fase externa que ya fueron ejecutados son unívocos, es decir, con solo su consumación tienen la capacidad suficiente para revelar por si mismos, en forma objetiva la intención del sujeto activo, que no es otra que la de delinquir y, por consiguiente, entrañan peligro y lesión. Y para finalizar y dejar en esencia que es el Iter Criminis cito al Dr. Vásquez Abad que menciona que el Iter Criminis es "El camino que sigue el delito, desde cuando surge en la mente del hombre, hasta el momento en que se cumple la realización del hecho que lo constituye".



Autor: Kemp Dante Sánchez Quispe

댓글 4개


Buen articulo... el iter criminis es conformado por fases temporalmente hablando, por lo cual cada una de estas fases deberán ser analizadas a fin de que se determine en qué grado del delito se dará la sanción respectiva.

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¡Muy buen Articulo!

Una explicación clara sobre el Iter Criminis, ayudado con un ejemplo ilustrativo sobre el tema.

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Daniela Llerena
Daniela Llerena
2021년 5월 15일

¡Buen artículo! De fácil entendimiento.

En el camino del delito "iter criminis", también es importante reconocer cuando se consuma el delito sin razón, de forma imprudente, o por el contrario, como lo planteó el autor en el ejemplo, fue un delito, evidentemente, premeditado y con dolo.

- Daniela Delgado Llerena.

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Dara Zegarra Cueva
Dara Zegarra Cueva
2021년 2월 12일

Muy buena explicación sobre este tema, ejemplos claros para entendimiento de todos!

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