Las Obras por Impuesto (OXI) son una figura del derecho administrativo concebida por la Ley N°29230 como una forma de inversión pública con participación de la empresa privada y el objetivo en común de tener una ejecución rápida y eficiente frente a los proyectos públicos en beneficio de la población generando empleo de forma directa o indirecta. Además, ofrece beneficios para los gobiernos locales al incrementar su presupuesto actual de inversión y a empresas privadas direccionando el pago de su impuesto de renta. Es merecedor reconocer que el financiamiento de OXI se debe a la necesidad pública y será de interés nacional. Teniendo como actores involucrados: las entidades públicas como el Gobierno Regional y Local, Universidad Pública o entidad del Gobierno Nacional, en materia de salud, educación, etc., también las entidades privadas y la sociedad.
Se sabe que los requisitos para la aplicación de este tipo de instrumentos públicos inician con la lista de proyectos priorizados, los cuales son actualizados dentro de cada institución pública corroborando el saldo de sus recursos asignados por el MEF con la condición de tener viabilidad en el Sistema Nacional de Inversión Pública e incluidos en el Programa Multianual de Inversión Pública. En cambio, para la empresa privada inicia identificando el proyecto de su interés en función a los lineamientos debiéndole asignarle la Buena Pro del proceso para ejecutarlo y finalizar con la entrega de su “Certificado Inversión Pública Regional y Local-Tesoro Público”.
El problema que radica en las OXI es la ruta crítica para la ejecución exitosa de obras públicas bajo este mecanismo. Comienzo por la demora en la obtención del Acuerdo de Concejo que puede incluso tomar 111 días hábiles en promedio para su cumplimiento siendo el tiempo coherente de 40 días hábiles. Pudiendo identificar las causales de este retraso: errores en la formulación inicial de la Actas de Sesión de Concejo, Acuerdo de Concejo y Resolución de Conformación del CEPRI (Comité especial para promover la inversión privada) esto a causa de que un buen número de proyectos no estuvieron desde el inicio previstos para desarrollarse bajo las OXI. Asimismo, los errores en la consignación de los datos del proyecto como los montos de inversión y la falta de voluntad política es otra problemática por parte de los miembros ya sea del Concejo municipal, regional, universitario en la toma de decisiones para priorizar los proyectos. Siendo una propuesta de solución el promover y fortalecer la asesoría por parte de PROINVERSIÓN en la elaboración de las actas y documentos bajo el mecanismo OXI incluyendo asesores técnicos a nivel interno y externo, haciendo lo mismo de parte del MEF al equipo técnico de las entidades públicas. También, hay una deficiencia en la formulación de los estudios de pre-inversión y los expedientes técnicos de dichos proyectos, esto se debe a la frágil coordinación de los gobiernos con asesores técnicos reforzando la idea anterior.
En conclusión, debería de existir mayor presencia y participación de PROINVERSIÓN para lograr la promoción de las OXI en las localidades alejadas para reducir el desconocimiento de este tipo administrativo logrando difundir los efectos positivos que tendrían en sus comunidades. Además, brinda una ventaja ejecutando las inversiones de manera rápida y eficiente acelerando al Estado en cuanto al tiempo y al cumplimiento de estos proyectos de calidad afianzando a la empresa privada en beneficio de la sociedad la cual mejora su calidad de vida gracias a las Obras por Impuestos en esencia colaborando con el Estado.
Autor: Astrid Noreen Apaza Ticona
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