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La detención policial y la detención ciudadana

Actualizado: 24 mar 2021

La detención policial y la detención ciudadana son temas de importante relevancia e interés ya que es necesario saber cuáles son nuestros derechos y cuál es el alcance de ellos al momento de vivir o presenciar una detención. En primer lugar, es importante saber que en la detención policial, un policía puede inmovilizar a un delincuente sin mandato judicial cuando es sorprendido en delito flagrante, lo cual puede ser realizado también por los miembros del Serenazgo y cualquier ciudadano que se encuentran en la facultad de arrestar a quien descubran en delito flagrante, cumpliendo siempre con la limitación del plazo indicado, y cumpliendo con que sea puesto a disposición policial. A continuación desarrollaremos la diferencia entre la detención policial y la detención ciudadana.


La detención policial.-

Esta se da en el momento en el que un efectivo policial priva de su libertad ambulatoria o de tránsito a una persona por haber cometido un acto ilícito y ser descubierta en flagrante delito, sin la necesidad de tener un mandato judicial, esto en concordancia con el artículo 259 del Código Procesal Penal, en caso de que la persona no se encuentre en flagrante delito, la detención e ilegal, esto significa que dicho acto puede ser denunciado respondiendo a abuso de autoridad y secuestro, una detención policial tiene un plazo máximo de 24 horas por ley o por disposición del Fiscal o del Juez de la investigación preparatoria, según sea el caso.


La detención ciudadana.-

Esta se da cuando un ciudadano priva a otro de su libertad en respuesta de encontrarlo en flagrante delito, esta acción se encuentra amparada por la constitución donde se le otorga el derecho de a los ciudadanos de privar de la libertad a una persona la cual se encontraría cometiendo un delito y la autoridad competente no se encontrara a disposición en ese momento pero con el límite de que debe ponerse a disposición policial al detenido de manera inmediata, de igual manera que los objetos constituyentes como cuerpos del delito, esto en concordancia con el artículo 260 del Código Procesal Penal, la duración de este plazo debe ser la que le toma a la persona apersonarse con el detenido a la estación policial más cercana, en caso contrario se podrá denunciar a l persona que ejecuto la detención por secuestro y coacción


Flagante delito.-

Hay delito flagrante cuando:


1. El delincuente es descubierto cometiendo el delito.

Ejemplo: Una persona es descubierto robando un auto.


2. El delincuente acaba de cometer el delito y es descubierto.

Ejemplo: Una persona roba un auto y es parado por la policía para revisar los papeles de propiedad del auto y se dan cuenta de que ese auto acaba de ser reportado como robado.


3. El delincuente ha huido y ha sido identificado durante o inmediatamente después de que cometió el delito, sea por la víctima o por otra persona que haya visto el hecho, o por medio audiovisual o equipos que hayan registrado su imagen, y es encontrado dentro de las 24 horas de cometido el delito.

Ejemplo: Una persona roba una casa pero la cámara de seguridad filma su rostro y un hombre lo reconoce cuando lo ve comprando en una farmacia porque lo vio en el noticiero.


4. El delincuente es encontrado dentro de las 24 horas después de cometido el delito con objetos procedentes del delito o que hayan sido empleados para cometer el delito, o con señales (por ejemplo, en su ropa) que indiquen su probable autoría y participación en el hecho delictuoso.

Ejemplo: Una persona mata a otra y 18 horas después es encontrado intentando cruzar la frontera con ma ropa manchada con sangre de la víctima y el arma homicida escondida en su auto.


En conclusión, basándonos en los riesgos sociales a los que nos vemos expuestos de manera diaria es necesario saber los derechos que podemos ejercer en calidad de ciudadanos y conocer la labor que pueden realizar los efectivos policiales para que en caso nos encontremos en una situación en la cual necesitemos realizar una de estas acciones saber que no estamos incurriendo en ningún delito y conocer el procedimiento adecuado para poder realizarlo.




Autora: Valeria García Espinoza

6 Comments


Interesante tema, que es de interés para todos en general para tener una información veraz y certera.

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Muy importante el articulo, ya que menciona y enfatiza que cualquier ciudadano, o el mismo Serenazgo, debe de poner a disposición de la policía, de manera inmediata, a la persona que se halle en flagrancia delictiva.

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Excelente articulo y de comprensión para todo ciudadano, para el correcto respeto de sus derechos fundamentales como es el de la libertad, frente a una detención arbitraria.

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Daniela Llerena
Daniela Llerena
May 16, 2021

Un tema muy interesante y de conocimiento público; importante para poder cautelar nuestros derechos frente a una detención arbitraria.

- Daniela Delgado Llerena.

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Santiago Cáceres
Santiago Cáceres
Apr 04, 2021

Un tema muy interesante y sobre todo bien explicado, información valiosa para todo ciudadano.

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